Mediante el contrato No. 198 de 1996 de Administración de la Cuota de Fomento Arrocero celebrado entre Fedearroz y el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural se encomienda a la Federación Nacional de Arroceros la labor de administrar los recursos parafiscales para el desarrollo de planes y programas de Investigación y transferencia de tecnología en beneficio del desarrollo y sostenibilidad del sector arrocero en Colombia. Específicamente, la cláusula segunda determina las líneas en las cuales se deben invertir los recursos provenientes de la contribución parafiscal:
Apoyar los programas y proyectos de investigación sobre el desarrollo y adaptación de tecnologías que contribuyan a mejorar la eficiencia de los cultivos de arroz y su beneficio;
Ejecutar o financiar la inversión sobre mejoramiento genético de los materiales de arroz;
Realizar o apoyar la investigación sobre los principales problemas agronómicos que afectan el cultivo del arroz en Colombia;
Apoyar a los productores arroceros para que desarrollen infraestructura de secamiento y almacenamiento en las fincas, con el propósito de contribuir a regular el mercado del arroz, igualmente esto mejora la capacidad de negoción del productor al pasar de tener un producto altamente perecedero a uno no perecedero.
Realizar cursos, seminarios, pruebas regionales, días de campo o cualquier otra forma que permita a los consumidores y productores del arroz conocer y utilizar nuevas técnicas de producción, lo cual podrá efectuar en asocio con las universidades y, en general, con personas naturales o jurídicas de derecho público o privado, del orden nacional o internacional;
Realizar actividades de multiplicación, clasificación y distribución de semillas de arroz y cumplir funciones de demostración, cuando ello fuere necesario;
Prestar asistencia técnica a los pequeños productores de arroz y, en general, asesorar a los cultivadores en la incorporación de nuevas técnicas para la producción del grano;
Promover el mejoramiento de las condiciones de comercialización del arroz y sus derivados o subproductos;
Promover programas económicos, sociales y de infraestructura para beneficio del subsector arrocero, conforme a lo establecido en el numeral 6 del artículo 31 de la Ley 101 de 1993;
Realizar y mantener actualizados estudios e investigaciones sobre el mercado del arroz, estadísticas de producción, costos, beneficios y consumo;
Colaborar con el Gobierno Nacional en la formalización de programas de comercio exterior, de crédito, de normas de calidad y política de precios; y,
Financiar, ejecutar o apoyar otras actividades y programas de interés general para los cultivadores de arroz que contribuyan a su fortalecimiento.
Dentro de los lineamientos generales estipulados en el contrato de administración de la cuota de fomento arrocero se pueden destacar tres grandes direccionamientos para los recursos: Investigación técnica, Investigación Económica y, Transferencia de Tecnología.
Las actividades del Fondo Nacional del Arroz son orientadas por la Comisión de la Cuota de Fomento Arrocero, como órgano rector, conformada por representantes de los Ministerios de Agricultura, Comercio, Hacienda, el Departamento Nacional de Planeación y tres (3) Agricultores delegados designados por la Junta Directiva de Fedearroz.
Los Recursos del Fondo Nacional del Arroz son objeto de monitoreo, seguimiento y control por parte del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural para verificar el desarrollo de los programas y proyectos en concordancia con el contrato de administración firmado entre las partes, y por otro lado la Contraloría General de la República como ente de Control Fiscal.
Para el eficiente desarrollo de los procesos del Fondo Nacional del Arroz, Fedearroz implementó y certificó un sistema de gestión de calidad bajo la norma ISO 9001 en su versión 2015.