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BANCO AGRARIO ACTIVA MEDIDAS DE APOYO FINANCIERO PARA LOS PRODUCTORES AGROPECUARIOS AFECTADOS POR EL INVIERNO

Para acceder a éstas, los productores deberán acreditar su condición de afectados mediante un certificado expedido por el Comité de Emergencias de su municipio o departamento, e inscribirse cuanto antes en el Censo del Dane, a través de la Alcaldía de la localidad a la cual pertenece el predio afectado. La primera de las ayudas es el Programa de Alivio a la Deuda Agropecuaria- PADA, que contempla ampliaciones de plazo de acuerdo con el ciclo del proyecto productivo, para los créditos de todos los productores hayan resultado afectados por las lluvias e inundaciones, cuyas deudas estaban al día el 1° de junio de 2010, o que fueron adquiridas después de esa fecha. Para estas reestructuraciones la tasa de interés será del DTF e.a (efectiva anual ) + 6 puntos para los Pequeños productores y del DTF e.a. (efectiva anual ) +8 puntos para los Medianos y Grandes. A través del PADA también se dará un apoyo en el pago de los intereses de las deudas, sólo para Pequeños y Medianos productores, así: - Pequeños: durante el primer año el Gobierno pagará el 100% de los intereses de su deuda con el Banco, y el 60% en el segundo año. - Medianos: los apoyará con el pago del 100% de los intereses durante el primer año, y con el 40% en el segundo año. Otorgamiento de Créditos Nuevos Quienes requieran de nuevos recursos para reanudar sus actividades agrícolas tras el invierno, podrán acudir a las Oficinas del Banco Agrario, para tramitar el acceso a la línea especial de crédito para financiar la recuperación de la actividad productiva, que contempla un monto máximo por beneficiario de $2.000 millones, para actividades como: · Siembra y resiembra de cultivos de corto y mediano rendimiento. · Siembra de pastos y forrajes (renovación de praderas). · Sostenimiento de cultivos de mediano y tardío rendimiento, que por no haber sufrido pérdida total por efecto de la Ola Invernal, pueden recuperarse con prácticas agrícolas y fitosanitarias. Condiciones La tasa de interés será de DTF e.a. - 1% para los Pequeños productores; del DTF e.a. para los Medianos y del DTF e.a. + 1 para los Grandes. Se otorgará un plazo de hasta dos años para la siembra de cultivos de ciclo corto y de cinco años para sostenimiento de cultivos de mediano y tardío rendimiento y para la siembra de cultivos de mediano rendimiento, con un año de gracia en los dos casos. La recuperación de pastos y forrajes tendrá un plazo de tres años y se podrá contemplar un año de gracia. ICR y FAG Especial Los productores podrán contar con el Incentivo a la Capitalización Rural (ICR), para que realicen proyectos de inversión nueva, para: renovación de cultivos de tardío rendimiento; recuperación de infraestructura productiva y/o obras de adecuación, como galpones, porquerizas, estanques y establos; y adquisición de equipos de maquinaría e implementos para henificación y/o henolaje o corte de pastos y forrajes, para suministro fresco al ganado. Si solicitan financiación del Banco para la realización de esas actividades y se verifica su ejecución, el Gobierno abonará a la deuda del productor el ICR, de acuerdo con los siguientes porcentajes: 40% para Pequeños; 30% para Medianos productores y 20% para Grandes. Adicionalmente, quienes accedan a la Línea de Crédito Especial para Recuperación de la Actividad Productiva y al ICR Especial, contarán con respaldo de garantías del FAG Especial, así: hasta 100% para Pequeños productores; hasta 70% para Medianos y hasta 50% para Grandes. Alivio Exclusivo para Clientes del Banco Agrario Se trata de un abono del 95% para los créditos de Pequeños Productores con el Banco, que han sido afectados severamente por la Ola Invernal 2010-2011 y se encuentran ubicados en zonas altamente afectadas. Dicho alivio no podrá superar los $15 millones. Para cubrir el saldo, es decir el 5% restante, podrá solicitar una reestructuración, en las mismas condiciones planteadas en el PADA Ola Invernal. Para este programa, el Gobierno destinó $33 mil millones, que se ejecutarán en la medida en que se vayan recibiendo las solicitudes, hasta su respectivo agotamiento. Además del Certificado del Comité Regional o Local de Emergencias, es fundamental que tramiten su inclusión en el censo del Dane y que presenten la solicitud de acceso al Plan de Alivio a la Deuda Agropecuaria, en la que se declare que fue “severamente afectado” por el invierno. Cartilla sobre las medidas El Banco Agrario de Colombia elaboró una cartilla de orientación sobre el conjunto de las medidas adoptadas por el Gobierno nacional, a través del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, a favor de los productores agropecuarios afectados por el invierno. La cartilla puede ser consultada en el siguiente link: http://www.minagricultura.gov.co/archivos/cartilla_ola_invernal__4.pdf